REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 14 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2003-000098
ASUNTO: RP11-P-2003-000032

AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA


Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de juicio de este Circuito Judicial Penal Extensión Carúpano del Estado Sucre, mediante Sentencia condenatoria dictada en fecha 02 de Junio del año 2.005, en consecuencia EJECUTESE de conformidad con lo establecido en los Artículos 472 ordinales 1° , 475 y 477 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el penado JOSE EDUARDO QUERALES CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad N ° V- 16312.205, fue condenado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de ROBO GENERICO Y LESIONES PERSONALES GRAVISIMAS. Constando en auto que dicho penado está detenido desde el día 17-07-2.003, hasta el día 14-09-2.005, tiene detenido DOS (02) AÑOS UN (01) MES Y TRES (03) DÍAS, el cual vencerá el día 17-07-2.012, faltándole por cumplir SEIS AÑOS DIEZ (10) MESES Y TRES (03) DÍAS, con respecto a las penas ¼ parte de la misma vence el día 17-10-2.005, 1/3 parte de la pena se vence el día 17-07-2.006 las 2/3 parte de la pena vence el día 17-07-2.009, las ¾ parte de la pena vence el día 17-04-2.010, las accesorias en 1/4 parte de ley se cumple el día 17-10-2.014 . Hágase las participaciones de Ley y expídase Boleta informativa al penado y notificación a las partes.
La Juez Segundo de Ejecución.


Abg. Yolanda Figueroa Lozada

El Secretario
Abg. Jesús E García.