REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 05 de Septiembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2003-0000121
ASUNTO: RP11-S-2003-0000121
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA
Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en la Causa Signada con el N° RP11-S-2003-000121 EJECUTESE de conformidad con lo Establecido en los artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que los Penados Orlando Rafael Bermúdez y Freddy José Bravo, Titulares de la Cedula de Identidad N° 5.482.582 y 10.876.855, fueron condenado a cumplir la pena de Un (01) Año y Dos (02) meses de presidio, Por el delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 453 Código Penal Venezolano, mas las accesorias legales establecidas en el articulo 13, constando en autos que está detenido desde el 26-07-2003 hasta el día de 28-01-2005, estuvieron detenidos Un(1) año, Seis (06) meses y Dos (02) días. Y como quiera que el tiempo detenido excede de la pena impuesta, los ciudadanos Orlando Rafael Bermúdez y Freddy José Bravo el Tribunal de Juicio Ordeno su Libertad. Notifíquese a las Partes.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. Juan Figueroa Rada
La Secretaria
Abg. Wendy Valerio