REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano, 26 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-004442
ASUNTO: RP11-P-2005-004442


SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE LIBERTAD PLENA

Verificada Audiencia de Presentación de Imputados en el día de hoy 26 de Septiembre del año en curso, en el asunto signado con el N° RP11-P-2005-4442, donde la Fiscal en Materia de Drogas del Ministerio Público, Dra. Kattia Amezqueta, solicitó Libertad Plena al ciudadano Adrián José Centeno Ramos, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad. Este Tribunal pasa a dictar sentencia en los siguientes términos:” Oído lo manifestado por las partes, y revisadas minuciosamente las actas que conforman el presente asunto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Decreta Libertad Plena al ciudadano Adrián José Centeno Ramos, venezolano, soltero, de 21 años de edad, nacido en Carúpano, Estado Sucre, en fecha 11-03-1984, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.956.446, de profesión obrero, hijo Adrián Centeno y Sol Ramo, domiciliado en Charallave, Calle 6, Casa s/n, por los Almendrones, Carúpano Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 36 de la L.O.S.S.E.P., en perjuicio de La Colectividad, en virtud que no existen suficientes elementos de convicción para estimar que es el autor del hecho que se investiga. De conformidad con el artículo 250 ordinal 2do. Del Código Orgánico Procesal Penal. Se instan al Misterio Público a los fines de continuar con la investigación a los fines de esclarecer los hechos. Librese oficio junto con boleta de libertad a la Comandancia de Policía de esta ciudad. Se acuerda proseguir la investigación por la vía del procedimiento Ordinaria .
La Juez Tercero de Control

Dra. Yaunis Villegas Verde
La Secretaria

Dra. Mary Elena Farias