REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano, 12 de Agosto del 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-003818
ASUNTO: RP11-P-2005-003818

AUTO ACORDANDO ORDEN DE APREHENSION

Visto el escrito presentado por el Dr. (a) Pedro Navarro, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público, mediante el cual solicita se libre Orden Judicial de Aprehensión a los ciudadanos PRIMERO: ALFREDO JOSE JIMENEZ OLIVERO, venezolano, de 22 años de edad, nacido el 14-05-1982, soltero, obrero, cédula de identidad N° 16.842.710, residenciado en el sector La pimiento, Los Picaros, casa sin numero Carúpano Estado Sucre. SEGUNDO: SEVERIANO JOSE FERRER REYES venezolano, de 19 años de edad, nacido el 27-11-85, soltero, sin oficio, cédula de identidad N° 20.126.117, residenciado en calle Los Picaros Sin numero Carúpano Estado Sucre. TERCERO: JULIO DAMIAN RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolano, de 19 años de edad, nacido el 01-08-1985, soltero , estudiante, cédula de identidad 17.218.498, residenciado en calle Los Picaros Carúpano Estado Sucre. CUARTO: JOSE MIGUEL REYES REYES, venezolano, de 18 años de edad, nacido el 22 de julio de 1986, soltero, estudiante, cédula de identidad 17.779.035, residenciado en el Sector Los Picaros Carúpano Estado Sucre. QUINTO: OSCAR DEL JESUS MARIN MAITA, venezolano, de 18 años de edad, nacido el 04-01-1987, obrero cédula de identidad N° 18.788.389, residenciado en calle Figuera, hacia el río sector los picaros Carúpano, Estado Sucre. por encontrarse incursos en la presunta comisión de los delitos de ROBO PROPIO contemplado en el artículo 457 del Código Penal y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, contemplado en el artículo 415 ejusdem, en perjuicio de JEAN CARLOS ROSAL PEREZ . Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, una vez revisadas minuciosamente las actas que acompañan la presente solicitud; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA la solicitud fiscal y en consecuencia ORDENA LA APREHENSION de los ciudadanos PRIMERO: ALFREDO JOSE JIMENEZ OLIVERO, venezolano, de 22 años de edad, nacido el 14-05-1982, soltero, obrero, cédula de identidad N° 16.842.710, residenciado en el sector La pimiento, Los Picaros, casa sin numero Carúpano Estado Sucre. SEGUNDO: SEVERIANO JOSE FERRER REYES venezolano, de 19 años de edad, nacido el 27-11-85, soltero, sin oficio, cédula de identidad N° 20.126.117, residenciado en calle Los Picaros Sin numero Carúpano Estado Sucre. TERCERO: JULIO DAMIAN RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolano, de 19 años de edad, nacido el 01-08-1985, soltero, estudiante, cédula de identidad 17.218.498, residenciado en calle Los Picaros Carúpano Estado Sucre. CUARTO: JOSE MIGUEL REYES REYES, venezolano, de 18 años de edad, nacido el 22 de julio de 1986, soltero, estudiante, cédula de identidad 17.779.035, residenciado en el Sector Los Picaros Carúpano Estado Sucre. QUINTO: OSCAR DEL JESUS MARIN MAITA, venezolano, de 18 años de edad, nacido el 04-01-1987, obrero cédula de identidad N° 18.788.389, residenciado en calle Figuera, hacia el río sector los picaros Carúpano, Estado Sucre. por encontrarse incursos en la presunta comisión de los delitos de ROBO PROPIO contemplado en el artículo 457 del Código Penal y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, contemplado en el artículo 415 ejusdem, en perjuicio de JEAN CARLOS ROSAL PEREZ , de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales 1ero., 2do., 3ero. Y primer aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 44 ordinal 1ero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y una vez detenido, sea puesto a la orden de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, con sede en Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a los fines de ser presentado ante el Juez de Control de Guardia. Librese oficio a la Representación Fiscal notificándosele de la orden de aprehensión librada y de la remisión de este asunto a ese despacho, en virtud de haberse cumplido con lo solicitado. Igualmente Librese oficio al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub. Delegación Carúpano del Estado Sucre, a los fines de que tramite la respectiva orden de aprehensión. Cúmplase.
La Juez Tercero de Control

Dra. Yaunis Villegas Verde
La Secretaria

Dra. Mary Elena Farias