REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Cumaná, 26 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-P-2003-000007
ASUNTO : RJ01-P-2003-000007


AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA:


Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la Sentencia dictada en fecha 24 de Noviembre del presente año 2004, por el Tribunal Primero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, mediante la cual se Decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA al Acusado CESAR ANTONIO HERNANDEZ PEREDA, venezolano, mayor de edad, de profesión u oficio indefinida, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 22.628.145 y residenciado en el Sector Calle La Marina de Caigüire, casa s/n, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano PABLO DE LA CRUZ ASTUDILLO. En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA la Ejecución de la Sentencia, dictada en fecha 24 de Noviembre del presente año 2004, por el Tribunal Primero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre y en consecuencia Ejecútese y Archivase la mencionada SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO, del ciudadano CESAR ANTONIO HERNANDEZ PERED, ya identificado, a los fines de su Guarda, Custodia y posterior remisión al Archivo Judicial. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

El Juez Segundo de Ejecución
Abg. Rosauro González Carrión

El Secretario
Abg. Jesús Salvador Milano