REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Cumaná, 22 de Septiembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000151
ASUNTO : RP01-P-2004-000151
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA:
Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la Sentencia dictada en fecha 08 de Agosto del presente año 2005, por el Tribunal Mixto Tercero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, mediante la cual Decretó por consenso ADSOLVER POR UNANIMIDAD al Acusado EDWARD ENRIQUE MARTINEZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 15.935.263, actualmente sin oficio y residenciado en Cruz de la Unión, Calle Principal, casa N° 24, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA la Ejecución de la Sentencia, dictada en fecha 08 de Agosto del presente año 2005, por el Tribunal Mixto Tercero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre y en consecuencia Ejecútese y Archivase la mencionada SENTENCIA ABSOLUTORIA, del ciudadano EDWARD ENRIQUE MARTINEZ JIMENEZ, ya identificado, a los fines de su Guarda, Custodia y posterior remisión al Archivo Judicial. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución
Abg. Rosauro González Carrión
El Secretario
Abg. Jesús Salvador Milano