REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 27 de Septiembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000252
ASUNTO : RJ01-X-2005-000040
Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el procedimiento por admisión de hechos, por el Juzgado Cuarto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de fecha 5 de Agosto del año 2005, cursante a los folios: 119 al 127, ambos inclusive de La segunda pieza del expediente; mediante la cual condenó al ciudadano AMÉRICO SEGUNDO PARADA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 9.025.085; a cumplir la pena de: DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; Este Tribunal Primero de Ejecución acuerda su Ejecución, de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 482 y 484 ejusdem., en los siguientes términos: Condenado el reo AMÉRICO SEGUNDO PARADA, ya identificado, a cumplir la pena de: DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, y detenido desde la fecha 16-10-2004 hasta la fecha de hoy 27-09-2005, tiene cumplido una pena de ONCE (11) MESES Y ONCE (11) DÍAS DE PRISIÓN, faltándole por cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS, DIECINUEVE (19) DÍAS DE PRISIÓN, que vencerá el: 16 de Octubre del año 2014.
El penado igualmente quedará sujeto a cumplir las penas accesorias de Ley.
De conformidad con lo previsto en el artículo 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas desde las cuales el penado, podrá optar y solicitar los Beneficios que establece la Ley.
PRIMERO: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir Una Cuarta (1/4) Parte de la pena, equivalente a DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES, para ser cumplida en fecha 17 de Abril del año 2007.
SEGUNDO: RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir Un Tercera (1/3) Parte de la pena, equivalente a TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, para ser cumplida en fecha 17 de Febrero del año 2008.
TERCERO: LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las Dos Terceras (2/3) Partes de la pena, equivalente a SIETE (07) AÑOS Y CUATRO (4) MESES, para ser cumplida en fecha 17 de Febrero del año 2012.
CUARTO: CONFINAMIENTO: Al cumplir las Tres Cuartas (3/4) Partes de la pena, equivalente a OCHO (08) AÑOS Y TRES (03) MESES, para ser cumplida en fecha 17 de Enero del año 2013|.
Remítase Copias Certificadas de la Sentencia y del presente Auto de Ejecución de la Sentencia Actualizado, adjunto a oficios a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, y a la Dirección del Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por ser el lugar destinado y donde se encuentra en la actualidad cumpliendo pena. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público y a la Defensa. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
DR. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA VICTORIA AGUILAR