REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 27 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-007011
ASUNTO : RP01-P-2005-007011


Visto el oficio No. SIP-1247, de fecha 12 de septiembre de 2005, en el cual el Comandante de la Primera Compañía del Destacamento Nro. 78 de la Guardia Nacional de Venezuela, Cap. Víctor Catamo, manifiesta a este Tribunal que les fue imposible localizar a los imputados DANIEL RAFAEL TRIJULLO CANACHE Y JOSE GABRIEL BERMÚDEZ CAMPOS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.886.633 y 17.539.536, respectivamente a quien este despachos les dictó Orden de Aprehensión, no pudieron ser localizados en las direcciones indicadas, y unas vez verificado a través del sistema Juris Este Tribunal pudo constatar que los referidos imputados fueron aprehendidos y el día Ocho (08) de Septiembre del año dos mil Cinco, se celebró Audiencia Oral de presentación en virtud de la Solicitud de Privación Judicial Preventiva de Libertad, presentada por el Fiscal Tercero del Ministerio Público, Abogado FERNANDO SOTO, en contra de los Imputados DANIEL RAFAEL TRUJILLO CANACHE y JOSÉ GABRIEL BERMÚDEZ CAMPOS por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL Y HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COOPERACIÓN. A los cuales se les dictó Medida Privativa de la Liberta y se encuentran recluidos en el internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná. Por lo que se acuerda librar oficio al referido comandante a fin de informarle de la aprehensión de los referidos imputados de autos, y del resultado de la audiencia. Cúmplase, es Todo, se terminó, se leyó y conforme firman:

La Juez Cuarta de Control


Dra. Marisela Hernández
La Secretaria

Abg. Francys Rivero