REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES
PRIMER CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
SUCRE – CUMANA

En el día de hoy, Siete (07) de octubre de 2005, siendo las 11:10 de la mañana, previa la habilitación del tiempo necesario, se trasladó y se constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, presidido por el Juez abg. JUAN ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ, acompañado de la secretaria abg. YAMILET DELGADO GARCÍA, en el Registro Mercantil de Cumaná, situado en el Centro Comercial Ciudad Cumaná, piso II, locales 11-C y 1-C, en compañía de los abogados Pedro J. Cabrera y Joel Mota, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 11.966 y 22.968, respectivamente, actuando el segundo de los nombrados como poderdante del primero, partes actoras en el juicio que por intimación de honorarios siguieron ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el que decreto Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad del demandado FRANCISCO BERNARDINI RUGIERE. Seguidamente el tribunal notifica de su misión al ciudadano abogado Ramón Gumersindo Rodríguez Valles, titular de la cédula de identidad N° V-4.121.207, Registrador Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial de Estado Sucre, Procediéndose a solicitar del archivo el expediente N° 131, indicado por las partes actoras. Acto seguido toma la palabra el abogado Pedro José Cabrera Pérez, antes identificado y expone: “Por cuanto consta en el presente expediente N° 131 que la Compañía Anónima denominada Trevi, esta registrada en el Registro Mercantil del Distrito Federal y estado Miranda, el día 17 de Mayo de 1963, bajo el N° 26, tomo 15, de los libros correspondientes y por cuanto es evidente de copia de Registro Mercantil que consigno en este acto, la empresa Trevi, C.A. fue fundada por Francisco Bernardini Rugieri y otros, donde éste suscribió Doscientas Sesentas (260) acciones por un valor de Doscientos Sesenta Mil Bolívares (Bs. 260.000,oo) señalo para ser embargadas dichas acciones, y por cuanto el valor de las mismas no satisfacen el monto de lo demandado me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad del demandado, y solicito se oficie al Registrador Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, situado en la Mezzanina de la Torre Capriles, situada en la Plaza Venezuela, Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Destrito Capital acerca de la practica de la presente medida con referencia al expediente N° 22.083 de la nomenclatura llevado por ese despacho. Asimismo, a los fines de seguir señalando bienes que cubran el monto de lo ordenado a ejecutar, ruego a este Tribunal se oficie al Director de Catastro del Municipio Sucre para que ubique un inmueble propiedad del ejecutado cuya copia de documento de propiedad consigno en este acto, dentro del catastro y levantamiento cartográficos que ellos manejan. Es todo”. En este estado el Tribunal vista la exposición de la parte actora declara embargadas ejecutivamente las Doscientas Sesenta (260) acciones propiedad de Francisco Bernardini Rugiere, titular de la cédula de identidad N° V-5.605.956 que posee en la Compañía Trevi, C.A., la cual está registrada en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 26, tomo 15-A de 1963. Se declara consumada la desposesión jurídica del ejecutado. Librese los oficios correspondientes solicitados por la parte actora. Queda así cumplida la comisión que le fuera conferida a este tribunal por el Juzgado comitente y no habiendo más diligencias que practicar se ordena el regreso a su sede siendo las 12:20 de la tarde, previa la firma de la presente acta por todos los que intervinieron.