REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA
SEGUNDO CIRCUITO CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE

San José de Areocuar, 05 de octubre del 2005
195° y 146°

Por cuanto se observa que en el presente Expediente signado con el N°. 170-005 de la nomenclatura interna, contentivo de la Solicitud que por OBLIGACION ALIMENTARIA, planteada por la ciudadana CARMEN SUSANA YRIGOYEN GONZÁLEZ, por ante este Juzgado a favor de los adolescentes BRYANT JOSÉ y JOSÉ GREGORIO GUZMÁN YRIGOYEN, de 14 y 15 años de edad, respectivamente, contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO GUZMÁN, la última actuación que tuvo lugar en fecha 05 de agosto del año en curso, y hasta la presente fecha han transcurrido dos (02) meses, sin que la parte interesada haya promovido diligencia alguna para su reanudación o continuación, este Juzgado considera que el tiempo transcurrido es suficiente para Decretar la Perención de la Instancia.
En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente Solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 267, del Código de Procedimiento Civil y así se decide. Ordenándose el archivo del Expediente en la sede de este Juzgado.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Andrés Mata, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En San José de Areocuar, a los cinco días del mes de octubre de dos mil cinco. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación. -
La Juez Provisorio,

Abg. Fanny R. Martínez M.,
La Secretaria,.

T.S.U. Zoraima Vargas Ordosgoitti.

NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto. Conste.-

La Secretaria.,

T.S.U. Zoraima Vargas Ordosgoitti.

Exp. N°-170-005
FRMM/mfv