CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

Carúpano, 04 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-P-2001-000109
ASUNTO: RJ11-P-2001-000109

Concluida la presente audiencia especial convocada de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del código orgánico procesal penal y corroborado como ha sido que el ciudadano Jairo del Valle Bello Hernández cumplió con las condiciones que le fueran impuestas por éste Tribunal, en auto de fecha 16 de octubre de 2001, por lo que vale decir que agotó de manera satisfactoria el periodo de prueba que le fuera impuesto, lo que hace necesario que éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del código orgánico procesal penal, en relación con el artículo 48, ordinal 7 y 318 ordinal 3º, en relación con el 320 ejusdem declare la EXTINSIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, seguida en su contra por el delito de Lesiones Personales Graves, previsto en el artículo 417 del Código Penal reformado, en perjuicio del ciudadano Carlos José Millán y consecuencialmente decrete el SOBRESEIMIENTO de la presente causa y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con los artículos 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 48, ordinal 7 y 318 ordinal 3, en relación con el 320 Ejusdem, se declara la EXTINSIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, seguida en contra del Ciudadano Jairo del Valle Bello Hernández, Venezolano, nacido el 06-05-73, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.290.763, por el delito de delito de Lesiones Personales Graves, previsto en el artículo 417 del Código Penal reformado, en perjuicio del ciudadano Carlos José Millán y en Consecuencia, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, todo de conformidad con los artículos 45, 48 ordinal 7° y 318 ordinal 3° del código orgánico procesal penal. Se instruye al secretaria para que una vez transcurrido el lapso legal correspondiente se remita las presentes actuaciones a la fase de Ejecución. Notifíquese a la Víctima. Cúmplase.
El Juez Primero de Control.

Abg. Luis Mariano Marsella.

El Secretario.


Abg. Josanders Mejías.