REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Cumaná, 7 de Octubre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-P-2002-000036
ASUNTO : RJ01-P-2002-000036
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA:
Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la Sentencia dictada en fecha 20 de Septiembre del año 2005, por el Tribunal Primero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, mediante la cual se Decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a los ciudadanos: JOSÉ LUIS PATIÑO, venezolano, de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 12.664.808 y residenciado en Bebedero, Avenida 03, casa N° 24, Cumaná, Estado Sucre y CESAR LUIS CASTAÑEDA GONZÁLEZ, venezolano, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 16.484.642 y residenciado en Tres Picos, Sector Los Olivos, rancho N° 17, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 5° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Rafael Gómez. En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA la Ejecución de la Sentencia, dictada en fecha 12 de Agosto del año 2005, por el Tribunal Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre y en consecuencia Ejecútese y Archivase la mencionada SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO, de los ciudadanos JOSÉ LUIS PATIÑO y CESAR LUIS CASTAÑEDA GONZÁLEZ, ya identificados, a los fines de su Guarda, Custodia y posterior remisión al Archivo Judicial. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución
Abg. Rosauro González Carrión
El Secretario
Abg. Jesús Salvador Milano