REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 6 de Octubre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2003-000075
ASUNTO : RP01-P-2003-000075
Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de fecha 08 de Agosto del año 2005, cursante a los folios: 128 al 140, ambos inclusive de La segunda pieza del expediente; mediante la cual condenó al ciudadano ALEXIS RAFAEL CAMPOS ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 9.277.044; a cumplir la pena de: QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal;
Este Tribunal Primero de Ejecución acuerda su Ejecución, de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 482 y 484 ejusdem., en los siguientes términos: Condenado el reo ALEXIS RAFAEL CAMPOS ORTIZ, ya identificado, a cumplir la pena de: QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, y detenido desde la fecha 11-10-2003, según acta policial cursante al folio 17 de la primera pieza, hasta la fecha de hoy 06-10-2005, tiene cumplido una pena de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS DE PRESIDIO, faltándole por cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS, CINCO (05) DÍAS DE PRESIDIO, que vencerá el: 11 de Octubre del año 2018.
El penado igualmente quedará sujeto a cumplir las penas accesorias de Ley.
De conformidad con lo previsto en el artículo 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas desde las cuales el penado, podrá optar y solicitar los Beneficios que establece la Ley.
PRIMERO: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir Una Cuarta (1/4) Parte de la pena, equivalente a TRES (03) AÑOS Y NUEVE (09) MESES, para ser cumplida en fecha 11 de Julio del año 2007.
SEGUNDO: RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir Un Tercera (1/3) Parte de la pena, equivalente a CINCO (05) AÑOS, para ser cumplida en fecha 11 de OCTUBRE del año 2008.
TERCERO: LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las Dos Terceras (2/3) Partes de la pena, equivalente a DIEZ (10) AÑOS, para ser cumplida en fecha 11 de Octubre del año 2013.
CUARTO: CONFINAMIENTO: Al cumplir las Tres Cuartas (3/4) Partes de la pena, equivalente a ONCE (11) AÑOS Y TRES (03) MESES, para ser cumplida en fecha 11 de Enero del año 2015.
Remítase Copias Certificadas de la Sentencia y del presente Auto de Ejecución de la Sentencia Actualizado, adjunto a oficios a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, y a la Dirección del Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por ser el lugar destinado y donde se encuentra en la actualidad cumpliendo pena. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público y a la Defensa. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
DR. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA VICTORIA AGUILAR