DISPOSITIVA

Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este Tribunal Mixto Cuarto de Juicio, Constituido con escabinos, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por consenso de sus integrantes, CONDENA por consenso al acusado : Freddy José Guevara Mariño, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.941.428, de 31 años de edad, nacido en Caracas el 04-12-73, de oficio comerciante, hijo de Fredy José Guevara Ríos y Ana Mariño Arreaza, y domiciliado en Los Morros de Caripito, vía principal, cerca de las pozas de azufre, Estado Monagas, a cumplir la pena principal de 8 años de presidio por la comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores, en perjuicio del ciudadano Manuel Norberto Francisco Matías. Así mismo como penas accesorias se imponen las siguientes: interdicción civil durante el tiempo de la pena; inhabilitación política mientras dure la pena y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 del Código Penal, igualmente se condena en costas procesales de conformidad al artículo 265 del Código Orgánico Procesal Penal. La presente condena provisionalmente finalizará en fecha 03-10-2013. Así mismo, este Tribunal por unanimidad ABSUELVE, al referido acusado del delito de Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Manuel Norberto Francisco Matías. Imputado e su contra por la Fiscal del Ministerio público en su acusación. La presente es dictada de conformidad con el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese oficio al Director del Internado Judicial de Cumaná de la presente decisión. Dada firmada y sellada en la sala de audiencia N°6, de este Circuito Judicial Penal de esta Ciudad de Cumaná, a los 3 días del mes de Octubre del año 2005. Años 195 de la Independencia y 146 de la Federación.
Juez Cuarto de Juicio
Abg. Nayip Antonio Beirutti Chacón.
Los escabinos
Nilda Isabel Fermín

José del Carmen Rivas

Luis Alfredo Ramírez,


La secretaria
Abg. Andreina Almeida