REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-005044
ASUNTO : RP01-P-2005-005044
Visto el escrito presentado por ante este Tribunal por el Abogado RAFAEL LATORRE defensor privado del Imputado LUIS OSCATERY URRETA, se observa que los planteamientos del mismo son propios de la audiencia preliminar, por lo tanto este tribunal estima que se hace improcedente pronunciarse antes de la audiencia preliminar fijada, ya que se entraría a conocer el fondo de la causa y adelantar opinión en cuanto a la misma sin estar presente todas las partes involucradas en el presente proceso por otra parte solicitan se decrete a favor de su defendido una medida cautelar de las previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Con respecto a esta solicitud igualmente se señala que la misma se resolverá en la Audiencia Preliminar fijada tal y como lo establece el articulo 328 del Código Orgánico Procesal Penal y siendo imperativo para este Tribunal la búsqueda de la verdad para el total esclarecimiento de los hechos, sujetándose ante todo a lo ordenado por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Código Orgánico Procesal Penal y demás leyes que regulan nuestras actuaciones y que son el norte que nos guían y con el fiel el cumplimiento de los requerimientos de las partes en el proceso siempre y cuando los mismos sean ajustados a la ley y respetando el derecho que los asiste es por lo que este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda notificar al abogado defensor a fin de informarle que será en la Audiencia Preliminar cuando se entrara a conocer sobre los solicitado y así se decide. Notifíquese a las partes sobre esta decisión de conformidad a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL
MARLENY MORA SALAS
La Secretaria de Control
Abg. Carmen Yudith Yndriago