REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 26 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-008390
ASUNTO : RP01-P-2005-008390



Vistas las presentes actuaciones emanada de la Fiscalía Décima del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contentivo de solicitud formulada por el imputado: ANDRES ALEJANDRO MUÑOZ GUEVARA quien señala que por no poseer recursos económicos para ser asistido por un abogado privado, solicita le sea asignado un defensor público, para que lo represente en la presente causa signada con el No- 19-F10-1C-00753-05; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizada las presentes actuaciones, considera que en vista que el referido ciudadano figura como imputado en la presente causa seguida por la Fiscalía Décima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, teniendo el mismo el derecho a nombrar un abogado de su confianza de conformidad con lo establecido en el Artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto; este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda Notificar a la coordinadora de la Defensa Pública para que proceda a designar un Defensor Público al imputado: ANDRES ALEJANDRO MUÑOZ GUEVARA Venezolano, de 28 años de edad, armador Industrial, casado, Titular de la Cédula de Identidad No-12.665.723, residenciado en la avenida Universidad, residencia Malena, Planta baja en la consejería, Cumaná, Estado Sucre para que lo represente en la causa No-19-F10-1C-00753-05 (G-959-609) y comparezca por ante este Tribunal acepten el cargo recaído en su persona y preste su juramento de ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Coordinadora de la Defensa Pública.

El Juez Tercero de Control.

Dr. José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaria.

Abg. Sonia Alfaro.


1.805-2.005. BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO “.