REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 11 de Octubre del 2005.
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-008226
ASUNTO : RP01-P-2005-008226
Vista las presentes actuaciones emanada de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, contentivo de solicitud formulado por el imputado: DARIO ANTONIO RODRIGUEZ ROQUE, en donde manifiesta que no posee los medios económicos para designar un abogado privado, que lo asista en la presente causa signada con el No- 19F5-206-05, por lo que solicita le sea designado defensor Público; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizada las presentes actuaciones, considera que en vista que el referido ciudadano figura como imputado en la presente causa seguida por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, teniendo el mismo el derecho a nombrar un abogado de su confianza de conformidad con lo establecido en el Artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto; este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda Notificar a la Coordinadora de la Defensa Pública, Abog: Carolina Martínez a fin de que proceda a designar defensa Pública al imputado: DARIO ANTONIO RODRIGUEZ ROQUE Venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, de 23 años de edad, de profesión u oficio taxista, residenciado en la via Cumaná-Cumanacoa, frente a la empresa Coca Cola de esta ciudad, Titular de la Cédula de Identidad No-14.661.466 y comparezca por ante este Tribunal y acepten o se excusen del cargo recaído en su persona y preste su juramento de ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Coordinadora de la Defensa Pública, Abg Carolina Martínez.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg. Carmen Rivas.
1.805-2.005. BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO “.