REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SALA DE JUICIO
JUEZ UNIPERSONAL Nº 1
Cumaná, diez (10) de noviembre del dos mil cinco (2005)
195° y 146°
Se inició el presente procedimiento por Retención de Niños presentada por el Dr: JESUS MANUEL MOYA MARCANO, Fiscal Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial a requerimiento de la ciudadana LUISA CARMEN JIMENEZ DE MAZA, casada, titular de la cédula de identidad N° 5.083.686, residenciada en la calle Miramar , calle Petión, casa N° 18, Cumaná, Estado Sucre, manifestando que el ciudadano ANDRES ANTONIO MAZA DIAZL, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad N° 5.078.519, padre de sus hijos Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, los tenia retenido desde el día 10 de septiembre del presente año y no se los quiere entregar, y por lo tanto solicito la intervención de este despacho.
Se evidencia al folio once (11) de fecha 26-09-2005 se admitió, observándose en las actas siguientes que se cumplieron con las formalidades de la citación respectiva.
Se evidencia al folio trece (13) que comparecieron los ciudadanos ANDRES ANTONIO MAZA DIAZ Y LUISA CARMEN JIMENEZ DE MAZA, se entrevistaron con el Juez y manifestó el demandado que él le hizo entrega de sus hijas a su madre el día 16 de septiembre de 2005, en su residencia ubicada el la Urbanización Nueva Toledo, de esta Ciudad de Cumaná, intervino la progenitora y manifestó que es cierto que le hizo entrega de sus hijas, y que desea que cuando se las lleve se lo notifique de inmediato. -
Por lo que observando este sentenciador que se materializo la entrega de la adolescente: Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, tal y como lo manifestó el mismo progenitor en presencia de la progenitora y del Juez Temporal de este Despacho que él hizo entrega de sus hijas a su progenitora en fecha 16 de septiembre y habiendo la madre aceptado que si le fueron entregadas, por lo que no habiendo más diligencias que practicar en la presente causa, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE. Cúmplase lo ordenado
EL JUEZ TEMP N° 1
ABOG. JESUS SALVADOR SUCRE RODRIGUEZ

LA SECRETARIA TEMP
Abog. LUISA MARQUEZ
En esta misma fecha se publico la presente decisión a las 10:30 a.m.
LA SECRETARIA TEMP


EXP N° 2236-05/Neida
Decisión (CIERRE)
Partes: LUISA CARMAR JIMENEZ MAZA Y ANDRES ANTONIO MAZA DIAZ
RETENCION DE NIÑOS