REPUBLICA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTES
DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. Cumanacoa, Veinticinco de Noviembre de 2005

195° y 146°


La presente Causa se inició en fecha Diecisiete (17) de Noviembre de 2005, por solicitud de la ciudadana PATRICIA DEL CARMEN LUNA FARIAS, en la cual solicita la Fijación de Obligación Alimentaria a favor del niño, hijo de los ciudadanos PEDRO LUIS ACUÑA VELIZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.268.434, domiciliado en el Caserío Paracua, casa s/n, jurisdicción de la Parroquia Aricagua, Municipio Montes del Estado Sucre, y la ciudadana PATRICIA DEL CARMEN LUNA FARIAS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.996.859, domiciliada en La Calle Cantarrana, casa s/n, jurisdicción de la Parroquia Aricagua, Municipio Montes del Estado Sucre, acompañó a su escrito, original de la partida de nacimiento.
Por auto de fecha Dieciocho (18) de Noviembre de Dos mil Cinco (2005), se admitió la demanda, se ordenó citación al demandado ciudadano PEDRO LUIS ACUÑA VELIZ; se le notificó al Fiscal Cuarto del ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción del Estado Sucre.
El día Veintidós (22) de Noviembre de 2005, compareció por ante este Tribunal la ciudadana PATRICIA DEL CARMEN LUNA FARIAS, y expone: “Manifiesto a este Tribunal que el ciudadano PEDRO LUIS ACUÑA VELIZ, padre del niño, está cumpliendo con la obligación alimentaria de su hijo por lo tanto, desisto del presente procedimiento. Se deja sin efecto la Boleta de Citación para citar al Demandado y así mismo se deja sin efecto el oficio para el Director de Personal de la Gobernación del Estado Sucre.-Terminó se leyó y conformes firman.

Éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en interés del niño, DECLARA HOMOLOGADO EL REFERIDO DESISTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 263 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, Regístrese, déjese copia.
Dada, Firmada y Sellada en el Salón de Despacho del Juzgado del Municipio Montes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumanacoa, a los Veinticinco (25) días del mes de Noviembre de 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
El Juez Temporal,

Dr. Luis Beltrán Campos.

La Secretaria Suplente.

Dra. Luisa Esther Reyes.


Exp. N° 486-05
LBC/leída.