Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano
Juzgado de Ejecución Sección de Adolescentes
Carúpano, 16 de Noviembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2004-000046
ASUNTO: RP11-D-2004-000046


En el día de hoy 16 de Noviembre de 2005, siendo las 08:45 a.m., se constituyó en la Sala de Audiencia N° 4 de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes, conformado por el Juez Abg. Sergio Sánchez Díaz y el Secretario de Sala Abg. Félix Benítez Millán, a los fines de llevar a cabo la Audiencia de Revisión de Medidas en el asunto N° RP11-D-2004-000046, seguido al Adolescente OMISSIS. Se verificó la presencia de las partes, encontrándose presente la Fiscal Sexto del Ministerio Público Abg. Moraima Goyo, el sancionado OMISSIS, la Defensora Pública, Abg., Mercedes Molina, la Trabajadora Social Lic Griselda Lunar y la Psicólogo Lic. Haidee Carolina Hernández Seguidamente el juez le otorga la palabra Defensora Pública, quien expone: La defensa solicita la revisión de medida por considerar que ha trascurrido un tiempo prudencial y el mismo ha cumplido cabalmente, además el joven se desempeña como obrero del aseo, quisiera que se oyera al equipo técnico. Toma la palabra el juez y concede la palabra ala Psicóloga: Durante el tiempo que el sancionado esta cumpliendo con la medida, he observado que laborado, no de forma continua, pero si ha sido perseverante, esta conciente de asumir un rol importante en su familia, el ha cumplido, y esto lo ha desviado de cualquier idea que lo incline a la transgresión, no posee un perfil trasgresión al, el cometió el hecho punible por un momento que no encuadra dentro de su perfil, no tiene un perfil transgresiónal, sugiero que en vista de lo que he analizado, el debería continuar con su medida, el mismo ha dicho que le ha servido, el asiste y participa, se ha visto responsables y receptivo con las orientaciones, específicamente se ha incorporado. Es todo.” Acto seguido se le cede la palabra a la Lic. Griselda Lunar , Trabajadora Social que expone: en lo que respecta a la parte social se pude decir que ha sido bastante responsable y puntual, ha tratado de cumplir fielmente, y quiere ayudar a su familia ya que son de escasos recursos, quiere contribuir con su familia y pareja, desde el principio el ha manifestado que lo que hizo fue un error, que el lo hizo por una necesidad que ha tenido, su mama lo ha ayudado a que continúe con la incorporación de las jornadas de limpieza que hace la Alcadia, La mama confía mucho en el, lo veo bastante favorable. Es todo. Seguidamente y en cumplimiento a lo establecido al artículo 542 de la LOPNA se le concede la palabra al adolescente OMISSIS, quien expuso: bueno me ha servido de bastante experiencia me han hecho ayudar un poquito, me he portado bien con mi familia, quiero seguir trabajando, me gustaría seguir recibiendo evaluaciones y ayuda asistida. Es todo.” Seguidamente se le otorgó la palabra a la Defensora, quien expuso: como defensa yo solicito la cesación de la medida, pero en vista de que el equipo técnico y el propio adolescente han manifestado seguir con las evaluaciones Psicológicas y sociales, solicita que se le mantenga la libertad asistida y se le cese las reglas de conducta. Solicito copias simples. Seguidamente se le cede la palabra a la Fiscal del Ministerio Publico quien expone: oído como ha sido lo expuesto por el equipo técnico en donde la Psicólogo y la Trabajadora social recomiendan, que el sancionado continué con las evaluaciones realizadas hasta el momento, así como lo expuesto por el mismo sancionado, donde manifestó a este Tribunal su deseo de seguir con dichas evaluaciones y por ultimo me adhiero a lo solicitado por la defensa publica, así mismo solicito se me expida copia simple. Es todo Seguidamente toma la palabra el juez y expone: “Cumplidas como han sido las formalidades legales de esta audiencia, oído la exposición que hace el equipo técnico respecto al seguimiento Psicológico y social llevado al sancionado, durante el lapso indicado, oída igualmente lo expresado por el sancionado así como la solicitud que hace su defensora Pública y a la cual se ha adherido la representante del Ministerio Publico. De lo expuesto por el equipo técnico y debatido por las partes, es evidente que el sancionado de auto ha cumplido favorablemente con la medida de Libertad asistida, no obstante según sugerencia del propio equipo técnico, la cual ha sido corroborada por el sancionado de seguir recibiendo evaluaciones Psicológicas y Sociales, considera este Tribunal que lo procedente y de acuerdo a los objetivos fijados en la Ley, mantener al Sancionado en el cumplimiento de la medida de Libertad asistida, por el Lapso que le falta por cumplir. Ahora bien visto y constatado que el sancionado ha sido responsable en el cumplimiento de ambas medidas y dado que seria inoficioso según su comportamiento hasta ahora mantenerlo en el cumplimiento de las mismas, Considera este Juzgador el cese de la imposición de la medida de Reglas de conducta, de conformidad con lo establecido en el Literal H del Articulo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, por las razones antes expuestas este Tribunal de Ejecución e uso de las atribuciones conferidas en los Articulo 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente Administrando Justicia en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA ratificar la medida de libertad asistida por el lapso Cuatro (4) meses, que vence el 16 de Marzo del 2006 y cesa la medida de imposición de reglas de conducta, de conformidad con lo establecido en el Literal E del Articulo de 647 de la Ley en referencia. Particípese al Jefe de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del cese de la Medida. Librese los correspondientes oficios. Es todo, terminó siendo la 09:45 a.m., se leyó y conforme firman.-
El Juez de Ejecución

Abg. Sergio Sánchez Díaz. El sancionado
Jhonatan José Zapata Zapata.

La Fiscal Sexto del Ministerio Público
Abg. Moraima Goyo La Defensora Pública
Abg. Mercedes Molina
Equipo Técnico

Lic Haidee Carolina Hernández (Psicóloga)

Lic. Griselda Lunar (Trabajo Social)
El Secretario

Abg. Félix Benítez Millán
El Alguacil.

Ronald Areinamo