REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Estado Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 1 de Noviembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000080
ASUNTO: RP11-P-2004-000080



De la revisión minuciosa de las actas procesales se desprende que cursa los requisitos necesario para la procedencia del beneficio de Destacamento de Trabajo tal como lo señala la norma adjetiva penal, no obstante cabe destacar que para esa procedencia el tribunal en su revisión pudo constatar que solo se requiere la oferta de trabajo para que procede la concurrencia de dichos requisitos, y poder otorgar el beneficio de Destacamento de Trabajo, por lo tanto se acuerda notificar a la defensa de manera que provee lo requerido, así como al penado.
Las Juez Segundo de Ejecución.
Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada

El secretario.
Abg. Jesús E García.