REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA

ASUNTO PRINCIPAL : RV01-S-2003-000051
ASUNTO : RV01-S-2003-000051



Visto el oficio N° 19F06-1er.C-2181-05, remitido por la Abg. Lisbeth Beatriz Perozo Fernández, en su carácter de Fiscal Sexto Principal del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, mediante el cual:

PRIMERO

Remite anexo a oficio, “…constante de un folio útil copia del protocolo de autopsia signado con el N° 352-2005 practicada por el Dr. Ángel Perdomo Marcano (experto Profesional IV) adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Cumaná, Estado Sucre, al ciudadano quien en vida es llamara CLAUDIO JOSE BOADA RODRIGUEZ, de 18 años de edad…, la cual deja constancia que la muerte fue a consecuencia de: herida por arma de fuego proyectil único en región izquierda con perforación de asas intestinal gruesas, estomago, hígado, pulmón derecho, shoc hipovolemico …a quien se le había iniciado investigación por la presunta comisión del delito de HOMICICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR, en perjuicio del ciudadano PABLO RAFAEL SALAZAR MARQUEZ…”
SEGUNDO

El sobreseimiento definitivo en la fase de juicio procede y puede decretarse solo cuando operen los supuestos previstos para su procedencia, encontrando entre ellos los referidos a circunstancias que afecten la vigencia de la acción, y en el caso que nos ocupa la acción se ha extinguido, motivado a la consignación del protocolo de autopsia signado con el N° 352-2005, practicado al acusado CLAUDIO JOSE BOADA RODRIGUEZ, por el Dr. Ángel Perdomo Marcano, experto Profesional IV, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Cumaná, Estado Sucre, mediante el cual deja constancia que el mencionado ciudadano falleció a consecuencia de una herida por arma de fuego, proyectil único en región izquierda con perforación de asas intestinal gruesas, estomago, hígado, pulmón derecho, shoc hipovolemico.

TERCERO

Es por lo expuesto que este Tribunal de oficio, sin abrir ningún tipo de incidencia procede a decretar el sobreseimiento definitivo, motivado a que se produjo un hecho que afecto la vigencia de la acción como lo es la muerte del ciudadano Claudio José Boada Rodríguez, y por ello adecua dichas actuaciones a los contenidos de los artículos 28 numeral 5 en concordancia con el artículo 48 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el sobreseimiento definitivo, a favor del ciudadano Claudio José Boada Rodríguez, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.761.287, de 17 años de edad, natural de esta ciudad, nacido el 18-03-1986, soltero, de oficio indefinido, hijo de Carmen Rodríguez e Ismael Boada, domiciliado en el barrio la Trinidad, calle principal, vereda 01, casa N° 11, Cumaná, Estado Sucre, conforme a los artículos 28 numeral 5, en concordancia con los artículos 48 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y 561 literal D de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión de conformidad con el artículo 325 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley. Líbrese boletas de notificación. Cúmplase.

Arelis González Rondón
Juez de Juicio – Adolescentes
El secretario Dr. Antonio Bermúdez Mata

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

El secretario Dr. Antonio Bermúdez Mata