REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 2 de Noviembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RV01-S-2002-000083
ASUNTO : RV01-S-2002-000083
Visto y analizado, minuciosamente el escrito presentado, por la Fiscal Sexta del Ministerio Público Abg. LISBETH PEROZO, mediante el cual solicita que de conformidad con lo estipulado en el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, sea decretado el Sobreseimiento Definitivo, al ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXXXX, de la investigación que se le iniciara en los delitos contra la PROPIEDAD en perjuicio del ciudadano Brito Tovar Rafael José ; este tribunal para decidir observa:
PRIMERO: El hecho objeto de la presente investigación comenzó con acta policial cursante al folio 2 cuando funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, encontrándose por el sector de la Urbanización Brisas del Golfo cuando avistamos a un grupo de personas que nos hicieron llamado, manifestaron que un ciudadano a quien apodan el jordano le había robado varios vidrios de la ventana del frente de su residencia y este sujeto al verse descubierto saco un arma blanca machete con intención de agredirlo para lograr escaparse pero pudo ser capturado por la comunidad haciendo posterior entrega del referido sujeto … quedando identificado como XXXXXXXXXXXXXX… Al folio 94 corre inserta constancia expedida por el Director del Hospital Antonio Patricio de Alcalá el cual certifica la muerte del imputado de autos.
SEGUNDO: La Representante del Ministerio Público alega como fundamento de su petición de sobreseimiento definitivo, por cuanto riela en autos constancia expedida por el Director del Hospital Antonio Patricio de Alcalá donde certifica la muerte de y por ser causal de extinción de la acción penal, la muerte del imputado XXXXXXXXXXXXXXX, por remisión expresa del Art.537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, es aplicable el ordinal 1° del Art. 48 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud que la muerte como es obvio no solo pone fin a toda actividad material de éste sino al despliegue de la persecución penal del Estado, pues carece de sentido procesal penalmente a las personas una vez que han perdido la vida.
TERCERO: De lo antes expuesto, cabe señalar, que la solicitud de Sobreseimiento Definitivo, presentada por la fiscal Sexta del Ministerio Público, es procedente, por lo que debe acordarse con lugar, conforme al numeral 3 del artículo 318 y el artículo 48 ordinal 1° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 537,561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar, el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, a favor del ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de la investigación que se le iniciara en los delitos contra la propiedad en perjuicio del ciudadano Brito Tovar Rafael José. La presente decisión tiene su fundamento en el numeral 3 del artículo 318 y el Art.48 ordinal 1° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por remisión expresa del artículo 537 Ejusdem. Librese las correspondientes notificaciones y citaciones a las partes. Remítase al Archivo Central para su guarda y cuido. Cúmplase.
La Juez Primero de Control
Abg. JESSYBEL BELLO B.
El Secretario
Abg. JORGE ABOU