ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-008597
ASUNTO : RP01-P-2005-008597

AUTO ACORDANDO
MANDATO DE CONDUCCIÓN


Por recibido oficio número 19F5-01688-05, de fecha 28 de octubre de 2005, emanado de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de este Circuito Judicial y suscrito por la Abogada Carmen Esperanza Hernández, mediante el cual solicita de este Juzgado se expida MANDATO DE CONDUCCION, para hacer comparecer ante ese despacho fiscal a la ciudadana Alison Cova de Rodríguez, y su hijo Héctor José Rodríguez Cova, domiciliados en Barrio Cumangoto Norte, Vereda 14, casa N° 14 con teléfono N° 4331165, Cumaná Estado Sucre, con la finalidad de ser entrevistados en la causa penal N° 19F5-1C-0132-05, donde aparece como víctima el adolescente Héctor José Rodríguez Cova; siendo que consta a las actuaciones la emisión de comunicaciones con ese objetivo sin resultado alguno; se estima ajustada a derecho la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia a los fines de la investigación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal SE ACUERDA EXPEDIR MANDATO DE CONDUCCION, para que por la fuerza pública y con el debido respeto de sus derechos constitucionales, sean conducidos de manera inmediata la ciudadana Alison Cova de Rodríguez, y su hijo Héctor José Rodríguez Cova; hasta la sede de la Fiscalía solicitante a objeto de que sean entrevistados sobre los hechos que se investigan, en un plazo que no excederá de ocho horas contadas a partir de la conducción que deberá efectuarse el día 15 de noviembre de 2005, a las 9:00 de la mañana; en consecuencia a los fines de su ejecución por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, se acuerda la remisión del mandato a su Comandante, a los fines de que gire las instrucciones pertinentes, asimismo se ordena que el o los funcionarios autorizados para su ejecución, presenten junto con el Mandato de Conducción, sus respectivas credenciales y se acuerda remitir inmediatamente las presentes actuaciones al despacho fiscal. Cúmplase.-

EL JUEZ SEXTO DE CONTROL

ABOG. CARMEN LUISA CARREÑO
EL SECRETARIO

ABOG. EDGARDO GONZÁLEZ