REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ACCIDENTAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 13 de mayo de 2005.-
195º y 146º
Vista la Apelación interpuesta por el ciudadano: JOSE ÁNGEL MOYA, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ciudadano: LENIN CARMONA, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 92.617, éste Tribunal la OYE en ambos efectos.- Asimismo se ordena remitir al Juzgado Superior en lo Civil y Mercantil de éste Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, el expediente N° 13.882, a los fines de que conozca sobre la apelación interpuesta por la parte demandada en el presente juicio. Asimismo visto el escrito presentado por los abogados GUALBERTO SANTIAGO RÍOS y PEDRO MARÍN MATA, inscrito en los InpreAbogado bajo los Nros: 6.746 y 489 respectivamente, en el cual solicitan Medidas Preventivas, este Tribunal Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Marítimo y Bancario del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando sticia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Se ABSTIENE por considerar que dichas Medidas se harían efectivas una vez terminado el Juicio por Sentencia definitivamente firme.
La Juez Accidental,
Abog. Miriam Garelli Sarabia
La Secretaría,
Francis Vargas
En ésta misma fecha, se remite el presente expediente Nº 13.882, constante en Cuatrocientos Dos (402) folios útiles, mediante oficio Nº 1020-498.-
MGS/Fv/dr La Secretaria,
Exp. N° 13.882.
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