REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMUDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 18 de Mayo de 2.005.-
195° y 146°
Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano WISTON RENDON, asistido del abogado en ejercicio JOSE ALBERTO GAMBOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.32, en donde solicita libre último Cartel de Remate a los fines de darle cumplimiento a lo establecido en el artículo 551 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal para proveer sobre lo solicitado observa lo siguiente:
Que en el libelo de la demanda aparecen como demandantes los ciudadanos ANA ISABEL MEDINA MILLAN, EGDY MARGARITA INDRIAGO REYES, FRANKLIN ANTONIO ROSAL CARABALLO, EMILIO RAFAEL URBANO, MARIA GENOVEVA ORDOSGOITTI ALCALA, representados legalmente por el abogado en ejercicio Dr. YGOR JOSE ROJAS REINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.405.- (F-01).-
Que a los folios 19, 20 y 21 corre inserto Poder Especial debidamente notariado en fecha 08-03-2001, por ante la notaría Pública de esta ciudad, donde los ciudadanos; ANA ISABEL MEDINA MILLAN, GRISEL DEL VALLE INDRIAGO LOPEZ, ZULAY DEL VALLE GIL GAMBOA, ADALBERTO RAMON GONZALEZ DIAZ, EGDY MARGARITA INDRIAGO REYES, FRANKLIN ANTONIO ROSAL CARABALLO, EMILIO RAFAEL URBANO, HECTOR LUIS BRITO RODRIGUEZ, JESUS RAFAEL GUTIERREZ, MARIA GENOVEVA ORDOSGOITTI ALCALA Y WISTON ENRIQUE RENDON otorgan poder al abogado YGOR JOSE ROJAS REINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.405.-
Ahora bien, es cierto que el solicitante WISTON RENDON, aparece incluido en el poder antes mencionado, pero el apoderado actor en su escrito libelar no lo menciona como su representado, únicamente se limita a nombrar a los ciudadanos: ANA ISABEL MEDINA MILLAN, EGDY MARGARITA INDRIAGO REYES, FRANKLIN ANTONIO ROSAL CARABALLO, EMILIO RAFAEL URBANO, MARIA GENOVEVA ORDOSGOITTI ALCALA, por lo que considera este Juzgador que el Ciudadano WISTON RENDON, no tiene carácter para actuar en el presente Juicio.-
Por todo los razonamientos expuesto este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, niega lo solicitado por el ciudadano WISTON RENDON, por considéralo improcedente.- Y así se decide.-
EL JUEZ PROVISORIO,
DR. MIGUEL ANGEL CORDERO.-
LA SECRETARIA,
T.S.U. ODALYS CASTILLO ROJAS.-
Exp.- N° 4.073.-
MAC/OCR/mdet.
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