REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 25 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-2003-000023
ASUNTO: RL11-P-2003-000023
Visto el escrito presentado por la Abogado Sandra Kassis H, en su condición de Defensora del penado Yoel Luis López Rodríguez, mediante el cual solicita de éste Tribunal Primero de Ejecución una Libertad Condicional señalando que su representado ha cumplido el tiempo establecido, tal solicitud la hace basado en los artículos 272 de la Constitución Bolivariana de la República Bolivariana de Venezuela y 479 ordinal 1° y 501 párrafo tercero ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, procede éste Tribunal Primero de Ejecución hacer la revisión minuciosa del presente asunto en torno a la solicitud hecha, observándose como consecuencia que el penado Yoel Luis López Rodríguez, no ha cumplido aún las 2/3 parte de la pena impuesta, requisito éste indispensable para la procedencia de la solicitud, por otra parte se desprende que en los autos no cursa un estudio Psico-Social que determine la situación actual del penado, pues dada estas circunstancia se hace inoficioso e improcedente el beneficio de Libertad Condicional por no estar lleno los extremos exigidos en el Artículo 494 y artículo 501 ambos del Código Orgánico procesal Penal.
Por todo lo antes expresado éste Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Niega la solicitud del beneficio de Libertad Condicional solicitado por la Defensora Sandra Kassis, a favor del penado Yoel Luis López Rodríguez, en razón de que no están lleno los extremos exigido en los Artículos 494 y 501 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes.
La Juez Primero de Ejecución.
Abog. Petra Deyanira Márquez
La Secretario.
Abg. Wendy Valerio