CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

Carúpano, 03 de Mayo del 2.005.-
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-001523
ASUNTO: RP11-P-2005-001523


SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO

Visto el escrito presentado por la ABG. LINDA MONTERO, en su carácter de Fiscal Primera del Ministerio Público (A), mediante el cual solicita a éste Tribunal, EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE CAUSA, seguida en contra de NOEL ENRIQUE SALAZAR GARCIA Y NUNCIO FELIPE OBANDO PEREZ, por la comisión del delito de CONTRA LAS PERSONAS en perjuicio de CRISTIAN TROCONIS, hecho ocurrido en fecha 06-02-2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinales 1° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho objeto del proceso no reviste carácter penal; en virtud de que no se determino la existencia del mismo.
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en virtud de que el hecho objeto del proceso no reviste carácter penal, es decir, no es típico, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las correspondientes notificaciones. Cúmplase.-
La Juez Cuarta de Control,
Abg. Lourdes Salazar Salazar.-
La Secretaria,
Abg. María Acosta.-