REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARÚPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
Carúpano, 18 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-002167
ASUNTO: RP11-P-2005-002167
Vista en audiencia de presentación celebrada en ésta misma fecha , donde la representante de La Vindicta Pública Abog Gabriela Flores, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, solicito la Libertad sin Restricciones y el sobreseimiento del presente asunto seguido al ciudadano DEIVIS JOSE MARTINEZ, estando presente la Abog Siolis Crespo, en su carácter de Defensora Pública Penal, es por lo que éste Tribunal en pleno ejercicio del Control Constitucional y como regulador de la acción penal observa que ciertamente no existe la comisión de hecho punible alguno que pueda imputársele al ciudadano DEIVIS JOSE MARTINEZ, es por lo que en consecuencia éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento del presente asunto al ciudadano DEIVIS JOSE MARTINEZ, quien es venezolano , mayor de edad, natural de ésta ciudad, de 27 años de edad, soltero, de oficio indefinido, sin residencia fija, tiular de la cédula de identidad número 14.064.385; por cuanto el hecho objeto del proceso no se realizó; Todo en conformidad con el artículo 318 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se acuerda su libertad plena. Se ordeno boleta de Libertad y junto con oficio se remitió al Comandante de Policía .En su oportunidad legal remítase las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución competente. Cúmplase.
La Jueza Cuarta de Control
Abog Lourdes Salazar
La Secretaria
Abog María Acosta
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