REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Cumaná, 16 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RK01-P-2003-000012
ASUNTO : RK01-P-2003-000012
Revisada la causa, donde se puede evidenciar que el penado CARLOS RAFAEL GUARIMATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.285.003 y en virtud de que los exámenes son necesarios para optar a alguna fórmula alternativa de cumplimiento de pena y observando que ya ha transcurrido el tiempo necesario; es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución: Acuerda ordenar practicarle Reconocimiento Psicológico y Social al ciudadano CARLOS RAFAEL GUARIMATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.285.003. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná, para que gestione lo necesario para la realización de dichos exámenes para otorgar un Régimen Abierto y una vez obtenido los resultados los remita a este Despacho; así mismo se acuerda oficiar a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia para que remitan a este Despacho la debida certificación de los antecedentes penales que pudiera tener el señalado penado; de igual manera se acuerda solicitar a la Junta de Conducta del Internado Judicial de Cumaná, la Certificación de la conducta del penado. Todo de conformidad con los artículos 479 y 501 del Código Orgánico Procesal Pena. Ofíciese lo conducente. Es todo. Cúmplase.
La Juez Segundo de Ejecución
Abg. Florvidia Perdomo Frontado
El Secretario
Abg. Jesús Milano