REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Asunto: RP01-P-2005-003225

En el día de hoy, miércoles veinticinco (25) de mayo del año 2005, siendo las 9:30 de la mañana, comparece por ante este Tribunal Cuarto de Control, integrado por la Juez Abg. Inés Gómez y la secretaria Abg. Francys Rivero, el imputado JORGE ALEXANDER RODRÍGUEZ GUTIERREZ, venezolano, de19 años de edad, titular de la cédula de identidad n° 16.484.878, fecha de nacimiento 05-08-85, hijo de Willians José Rodríguez y Amarilys del Valle Gutiérrez de Rodríguez, Profesión u oficio no definida, domiciliado en Barrio El Gran Paraíso, casa s/n, vía Avenida Zona Industrial, de esta ciudad de Cumaná, previo traslado del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, quien fue impuesto de la decisión de fecha 24 de mayo de 2005 dictada por este Tribunal en la causa No. RP01-P-2005-003225, que se sigue en su contra, mediante la cual acordó PRIMERO: Imponerlo de la obligación que tiene de presentarse ante este Tribunal las oportunidades que sea llamado por éste, dar cumplimiento fiel y oportuno a las medidas que se le impusieren y a mantener actualizados los datos de su domicilio o residencia, a los efectos de su ubicación, así como indicar el lugar donde deba ser notificado.- SEGUNDO: Se le impone MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, consistente en: a) Presentaciones periódicas cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, para lo cual se acuerda oficiar lo conducente a dicha dependencia.- b) Prohibición de ausentarse del área territorial del Estado Sucre, sin la previa y oportuna autorización de este Tribunal. Acto seguido el imputado expuso: “me comprometo a cumplir fiel y cabalmente con las medidas cautelares impuestas por este Tribunal y estoy conciente que se me revocará la medida en caso que no asista a los actos del proceso o deje de presentarme”. Es todo. El Tribunal acuerda librar boleta de libertad adjunto a oficio dirigido al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre y oficio al Coordinador de la Unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman siendo las 9:40 de la mañana.
La Juez Cuarta de Control,

Abg. Inés Gómez
El acusado,

Jorge Alexander Rodríguez Gutiérrez
La Secretaria

Abg. Francys Rivero