REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 13 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000193
ASUNTO : RP01-P-2004-000193


Visto el escrito presentado por la Dra. ELIZABETH BETANCOURT PEÑA en su carácter de Defensora Pública Penal del imputado: SANDRO JOSE JULIAC en donde le solicita a este tribunal estudie la posibilidad de acordarle un distanciamiento de las presentaciones a que esta sometido su defendido, por cuanto el mismo ha venido presentándose cada cinco (5) días, la cual ha venido cumpliendo cabalmente; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizado el presente escrito de solicitud y cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa hacer el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Este Tribunal observa que efectivamente el imputado: SANDRO JOSE JULIAC está sometido a un régimen de presentación cada cinco (5) días ante la unidad de alguacilazgo de este circuito judicial de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 Ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal y al verificar en el sistema automatizado, se constata que el imputado de autos, ha venido cumpliendo a cabalidad con su régimen de presentaciones.
SEGUNDO: Ahora bien, por el fiel cumplimiento a las condiciones impuesta por este tribunal al imputado antes nombrado, el mismo se hace acreedor de la extensión de sus presentaciones, por lo tanto lo ajustado a derecho es declarar procedente la solicitud planteada por la Defensa Pública. Y ASÍ DE DECLARA.
TERCERO: Por todos los razonamientos antes expuestos; es por lo que este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le Acuerda al imputado: SANDRO JOSE JULIAC la extensión de sus presentaciones a cada Ocho (8) días ante la unidad de alguacilazgo. Líbrese Oficio al Coordinador de la Unidad de Alguacilazgo. Boletas de Notificación a la Fiscal Quinta del Ministerio Público, a la Defensa Pública Penal Abg Elizabeth Betancourt Peña y al imputado de autos. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg Sonia Alfaro.


1.805-2.005. BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO “.