REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Vista la diligencia suscrita en fecha 03-05-05 por la abogada en ejercicio ELBA MILLAN R., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.830 actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, mediante la cual desiste de la acción de INDEMNIZACION DE DAÑO MORAL seguido por el ciudadano ALEXIS JOSE VASQUEZ PEREZ, en contra de la ciudadana MARIA LAURA ANTON ORTIZ, y por cuanto este desistimiento no resulta violatorio del orden publicó ni de las buenas costumbres y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y ordena se remita el presente expediente al Tribunal de la causa a los fines de su archivo. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En Cumanà, a los Seis ( 06 ) días del mes de Mayo de 2.005. Años 195º de la Independencia y 146º de la federación.-
EL JUEZ SUPERIOR
ABOG. MAURO LUIS MARTINEZ VICENTH
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABOG. CARLOS CESAR GUZMAN
NOTA: En esta misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la presente decisión, siendo las 11:00 a.m. Conste.-
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABOG. CARLOS CESAR GUZMAN
EXPEDIENTE Nº 01-2358
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MOTIVO: INDEMNIZACION DE DAÑO MORAL
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