LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
CARUPANO, 28 de marzo del 2005.-
194° y 146°
Visto la Transacción suscrita por el ciudadano: JOSÉ RAMÓN GUERRA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.950.666, actuando en su carácter de Jefe de la Rama Ejecutiva del Gobierno Municipal del Municipio Arismendi del Estado Sucre, parte Actora en el presente juicio, debidamente asistido por el Abogado: ALFREDO AGUILERA, en su carácter de Sindico Procurador y el Abogado en ejercicio: MARIO HERNANDEZ CORONADO, inscrito en el InpreAbogado bajo el Nro. 13.212, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa demandada “TOYAMA MAQUINARIA, S.A.”; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Transacción suscrita, e igualmente se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente.- Y así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de M.
La Secretaria,


T.S.U. Francis Vargas c.


Exp. Nro. 14.830.-
SGDM/Fvc/ajno.-