En horas de Despacho del día de hoy Treinta (30) de Marzo del año Dos mil cinco, oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el Acto de Audiencia Oral en la Medida de Protección Colocación Familiar en Familia Sustituta en el Expediente N° 3.831, a favor de la adolescente, presidido por la Juez de Protección –Sala de Juicio Abg. Azucena Mata de Zabala y la Secretaria del Tribunal Abg. Petra Deyanira Márquez. Verificada la presencia de las partes y encontrándose presentes en al acto el Fiscal Cuarto del Ministerio Público Abg. José Gregorio León Bejarano, El Defensor Público Abg. Rafael Izquierdo, La ciudadana MERCEDES LUSA MENESES CABELLO identificada en autos y la adolescente. Acto seguido la Juez le cede la palabra a la representación Fiscal quien expone: Visto el Informe Social presentado por la Trabajadora Social de este Tribunal y vista la declaración de los abuelos de la adolescente ya identificada en autos, acepta esta medida de Protección con miras a adopción, esta representación Fiscal solicita a la ciudadana Juez, que se pronuncie en la definitiva positivamente. Es todo. Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa quien expone: En atención por el interés de la adolescente ya identificada en atención a los resultados de los Informes Social y Psicológico que consta en el expediente en atención, además a todo lo planteado en el escrito de la solicitud, ratifico en este acto lo solicitado en el mencionado escrito y pido formalmente que se decretada la Colocación Familiar de la adolescente, en el hogar de la ciudadana MERCEDES LUISA MENESE CABELLO. Es todo. Seguidamente fue interrogada por la Juez la adolescente antes nombrada y le pregunto si quería quedarse con la señora MERCEDES y ella contestó que si quería quedarse con la señora MERCEDES. este Tribunal decidirá dentro de cinco (5) días. Es todo. Termino. Se leyó y conformes firman.
La Juez de Protección –Sala de Juicio
Abg. Azucena Mata de Zabala.
La representación Fiscal,
La Adolescente
El Defensor Público
La Secretaria
Abg.Petra Deyanira Marquez
EXP.N° 3.831.-
|