REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES
PRIMER CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
SUCRE – CUMANA
El día, jueves 17 de marzo de 2005, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó el tribunal, en el edificio Giovanni Grippi, ubicado en la calle Bolívar de esta ciudad de Cumaná, capital del Estado Sucre, en compañía de la abogada CAROLINA SANCHEZ MORENO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 32.772, apoderada judicial del ciudadano GIOVANNI GRIPPI, titular de la cédula de identidad N° V-9.274.294, parte actora en el juicio seguido contra el EJECUTIVO DEL ESTADO SUCRE, por resolución de contrato de arrendamiento, seguido ante el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, el cual acordó la entrega de los locales comerciales, signados con los números 08, 09, 10,11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 23 y 24, ubicados en el primer y segundo piso del centro comercial Giovanni Grippi, donde se encuentra constituido el tribunal. Una vez en el sitio, el tribunal se entrevista con el ciudadano ALEXIS CASTAÑEDA, titular de la cédula de identidad N° V-8.637.921, quien manifestó ser Director General de Personal de la Gobernación del Estado Sucre, y con las abogadas LOLIMAR DEL VALLE ASTUDILLO VASQUEZ y MARBELLYS JOSEFINA LEONET, inscritas en el I.P.S.A bajo los números 62.597 y 63.087, respectivamente. Acto seguido toma la palabra la representante de la parte actora y expone, que solicita en este acto se le de estricto cumplimiento a la medida decretada por el tribunal de la causa. Seguidamente el tribunal, le impone al ciudadano ALEXIS CASTAÑEDA, en su carácter de Director General de Personal de la Gobernación del Estado Sucre, del deber de entregar los locales comerciales signados con los números 08, 09, 10,11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 23 y 24, ubicados en el primer y segundo piso del centro comercial Giovanni Grippi, donde se encuentra constituido el tribunal, totalmente desocupado, libre de personas y cosas. Acto seguido toma la palabra el Director General de Personal de la Gobernación del Estado Sucre, ya identificado y expone, que en acatamiento a la orden del tribunal, hace en este acto entrega a la apoderada judicial de la parte actora, abogada CAROLINA SANCHEZ, totalmente desocupados, los locales comerciales identificados con los números 09, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 del edificio Giovanni Grippi, así como las llaves que dan acceso a los mismos. Que así mismo solicita a la representante de la parte actora, abogada CAROLINA SANCHEZ, le conceda un lapso de tiempo de 17 días a partir del día de hoy, para la entrega de los locales comerciales signados, con los números 10 y 11, totalmente desocupados. Que de igual manera, por cuanto actualmente están realizando la mudanza de los objetos que se encuentran en el local comercial, signado con el N° 08, solicita se le conceda hasta el lunes 21 del corriente mes y año, para la total desocupación de ese local comercial. En este estado toma la palabra la apoderada de la parte actora y expone, que recibe de manos del Director General de personal de la Gobernación del Estado Sucre, ALEXIS CASTAÑEDA, las llaves de los locales comerciales identificados con los números 09, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 del edificio Giovanni Grippi, donde está constituido el tribunal y objeto de la presente medida, y solicita del tribunal le haga formal entrega material de dichos locales. En este estado, el tribunal, vista la entrega de las llaves correspondientes a los locales arriba mencionados, y que recibió la apoderada actora, le hace formal entrega de los locales N° 09, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 del edificio Giovanni Grippi, al ciudadano GIOVANNI GRIPPI, en la persona de su apoderada judicial, abogada CAROLINA SANCHEZ MORENO, quien los recibió. Acto seguido, tomó la palabra de nuevo la apoderada actora y expuso, que le concede el plazo de 17 días, para que el día 4 de abril del presente año, el Director General de Personal de la Gobernación del Estado Sucre, le entregue los locales identificados con los números 10 y 11 del edificio objeto de la presente medida. Que solicita del representante del Ejecutivo Regional, manifiesten y se hagan responsables de los bienes existentes en los locales 10 y 11 propiedad del Ejecutivo Regional hasta que se haga la completa y definitiva entrega. Acto seguido toma la palabra el Director General de Personal de la Gobernación del Estado Sucre y expone, que acepta el plazo concedido y se compromete a entregar los locales 10 y 11 totalmente desocupados en esa fecha, y que así mismo se hace responsable por las pertenencias del Ejecutivo Regional que reposan en estos locales 10 y 11, y de la seguridad de los mismos. Acto seguido, toma la palabra la apoderada actora y expone, que acepta conceder el plazo para la entrega del local Nº 08, para el próximo lunes 21 de marzo de 2005 y solicita se hagan responsables de los bienes del Ejecutivo Regional existentes en dicho local. Seguidamente, toma la palabra el representante del Ejecutivo Regional y expone, que acepta el plazo que se le concede y se compromete a velar por la seguridad de los bienes que quedan en la referida oficina Nº 08. Acto seguido, toma la palabra la apoderada actora y expone, que solicita del representante del Ejecutivo Regional, me haga formal entrega de las llaves de acceso al edificio Giovanni Grippi y del estacionamiento de dicho edificio. Seguidamente, toma la palabra el ciudadano ALEXIS CASTAÑEDA ya identificado y expone, que entrega en este acto una llave marca “Cisa” a la apoderada actora, la cual abre la puerta principal del edificio donde está constituido el tribunal, y que la llave del estacionamiento la entregará en horas de la tarde del día de hoy. Acto seguido toma la palabra la apoderada actora y expone, que recibe en este acto la llave de la puerta principal de acceso del edificio Giovanni Grippi, y de la terraza de este edificio, y respecto a la llave del estacionamiento, conviene en recibirla en horas de la tarde. Acto seguido, el tribunal, entregados como han sido los locales objeto de la presente medida, totalmente desocupados a la apoderada judicial de la parte actora, y visto el plazo concedido por dicha apoderada actora para la desocupación total de los locales 08, 10 y 11 del edificio Giovanni Grippi, da por cumplida la misión que le fuera encomendada por el tribunal comitente, y no habiendo más diligencias que practicar, ordena el regreso a su sede, siendo las 11:50 de la mañana, previa firma de la presente acta de todos los que intervinieron.
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