REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 7 de Marzo de 2005
194º y 146º



ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-001797
ASUNTO: RP11-P-2004-000139


Visto el escrito presentado por el Abogado Manuel Canon Pérez, Fiscal Primero del Ministerio Público en materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita de éste Tribunal Segundo de Ejecución que de conformidad con lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se corrija el auto de ejecución de sentencia dictado por éste Tribunal en virtud que dicho auto señala que el penado Jesús Daniel González Roda, fue detenido el día 17-04-2.004, lo cual tiene detenido 08 Meses 3 Días y le falta por cumplir 01 Año 3 Meses y veintisiete días los cuales vencerá el día 17-04-2.006, en consecuencia señala el fiscal que efectivamente ha cumplido 8 Meses 5 días y que le falta por cumplir 1 Año 3 meses y 25 días lo cual se vence el día 15-04-2.006, Ciertamente el Tribunal procedió a la revisión minuciosa lo cual el penado ha cumplido para ese entonce es decir hasta el día 20 de Diciembre del año 2.004, 8 Meses 5 días y le falta por cumplir 1 Año 3 Meses y 25 días lo cual vence el día 15-04-2.006, queda de ésta manera subsanado el auto de Ejecución de Sentencia. Notifiquése a las partes y al penado con boleta informativa.
La Juez Segundo de Ejecución.
Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada

La Secretaria
Abg. Yllestey Rincones.