REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 2 de Marzo de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-1999-000027
ASUNTO: RL11-P-1999-000027
Visto el escrito presentado por la Abogada Siolis Crespo, en su carácter de Defensora del penado LUIS DEL VALLE ARROYO, plenamente identificados en actas procesales, mediante el cual solicita de éste Tribunal se ordene la redención para el otorgamiento del beneficio de Libertad Condicional , así mismo solicita se ordene la redención de la pena de conformidad con lo establecido en el Artículo 509 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, de la revisión minuciosa del presente asunto penal, se desprende que en las actas procesales que conforma el mismo se desprende que no cursa ninguna información que el penado LUIS DEL VALLE ARROYO, haya ingresado al Internado Judicial de ésta Ciudad, por lo que se acuerda oficiar a ese Despacho a los fines de que el Director informe a la mayor bervedad si en penado se encuentra recluído en ese Centro y desde que fecha, en lo que respecta a la solicitud de redención de la pena, este Tribunal una vez constituída la junta de redención revisará el asunto a los fines de determinar si efectivamente el penado puede optar a la redención de la pena por el estudio y trabajo, en consecuencia se acuerda oficiar de lo conducente al Director y notificar a las partes.
La Juez Segundo de Ejecución.
Abog. Yolanda Josefina Figueroa Lozada.
La Secretaria
Abg. Yllestey Rincones.