REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
T. Penal de Control del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 2 de Marzo de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2004-000309
ASUNTO: RP11-P-2004-000309
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DECRETANDO EL SOBRESEIMIENTO
Después de haber oído las exposiciones hechas por las partes, por la representación Fiscal del Ministerio Público en Materia de Drogas, Abg.Wilfredo Dania, mediante la cual Ratifica en todas y cada una de sus partes la acusación fiscal en contra de la Imputada: Belkys Mariela Guilarte Rojas, por ser el autor del delito de Posesión Ilícita de Estupefacientes , previsto y sancionado en el articulo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias de Estupefacientes y Psicotrópicas; así mismo solicita a este Tribunal sean admitidas la Acusación Fiscal y las Pruebas ofertadas en consecuencia se ordene la apertura al juicio Oral y Público, después de haber oído lo alegado por el Defensor Privado: Abg.Carlos Guilarte. Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Extensión Carúpano, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. Decreta el Sobreseimiento en la Presente Causa a la Ciudadana: Belkis Mariela Guilarte Rojas , quien es venezolana, de 46 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.182.217, nacido en fecha 29-04-57, de profesión u oficio Profesora, residenciado en la Urbanización la viña, calle 5, casa N° 40, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado sucre,en virtud de que las actas policiales las cuales fueron realizadas en su debida oportunidad fueron declaradas de nulidad Absoluta, por el Tribunal Primero de Control en su decisión de fecha 07-07-2003 .Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 321 en concordancia con el 318 ordinal 1° y 330 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal., Remítase las actuaciones al Tribunal de ejecución en su debida oportunidad legal.Cumplase.
La Juez Quinta de Control
La Secretaria
Abog. Luisa Elena Vargas Abg. Heidy Manrique.
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