REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
Carúpano, 16 de Marzo del 2.005.-
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-000167
ASUNTO: RP11-P-2005-000167
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por el ABG. JESUS ENRIQUE REQUENA RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público (A), mediante el cual solicita a éste Tribunal, EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de RONALD MIGUEL COVA por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 en relación con el artículo 422, ambos del Código Penal en perjuicio de CLAY RAFAEL DIAZ GONZALEZ, hecho ocurrido en fecha 27-08-2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la acción penal se ha extinguido.
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, numeral 8° y 324 ejusdem, por estar llenos los requisitos de ley. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las correspondientes notificaciones. Cúmplase.-
La Juez Cuarta de Control,
Abg. Lourdes Salazar Salazar.-
La Secretaria,
Abg. Maria Acosta.-
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