PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano, 24 de Marzo del 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-S-2001-000119
ASUNTO: RJ11-S-2001-000119
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por el Dr. Pedro Navarro en su carácter de Fiscal de Séptimo del Ministerio Público, mediante el cual solicita EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE ASUNTO, signado con el N°. RJ11-S-2001-119, seguida en contra del imputado CARLOS AUGUSTO AVILA GAMBOA, por la comisión de UNO DE LOS DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en el Código Penal, en perjuicio de OLGA MARCELINA RODRIGUEZ, ROSA JESÚS MARCANO Y ANIBAL JOSE MORILLO, hecho ocurrido en fecha 01-12-2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1ero. del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho objeto de la investigación , no puede atribuírsele al imputado.
Por lo antes expuesto y previo análisis del presente asunto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA al ciudadano CARLOS AUGUSTO AVILA GAMBOA, POR CUANTO EL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN , NO PUEDE ATRIBUÍRSELE AL IMPUTADO , todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1ero. Del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho objeto de la investigación, no puede atribuírsele al imputado. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión, remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense Notificaciones.
La Juez Tercero de Control
Dra. Yaunis Villegas Verde
La Secretaria
Dra.Mary Elena Farias
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