CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 30 de Marzo de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2004-005649
ASUNTO: RP11-S-2004-005649
Vista la solicitud presentada en fecha 25 de Noviembre del 2004, por la Fiscál Segunda del Ministerio Público Abg. Cristina Mijares, mediante la cual solicita ante este Tribunal de Control que, conforme a lo previsto en el artículo 318 numeral 3º, en relación con el artículo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se decrete el sobreseimiento de la presente causa seguida contra Eugenio Jesús Cayama Guevara por la presunta comisión del delito de Apropiación Indebida Calificada, previsto y sancionado en el artículo 470 del código penal en perjuicio de Cruz Del Valle Martínez Rodriguez, en virtud de que ha operado la prescripción de la acción penal,por cuanto el presente caso fué aperturado en fecha 09 de Abril del 2001 y ha transcurrido el lapso de prescripción previsto en el artículo 108 ordinal 5° del código penal. Este tribunal, prescindiendo de la realización de la audiencia a que se refiere el artículo 323 del código orgánico procesal penal, en virtud de que la causal alegada se verifica con un simple computo matemático, pasa a decidir en los términos siguientes:
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, considera que la misma resulta procedente, ya que desde el 09 de Abril del 2001, fecha en que se aperturó la correspondiente averiguación, hasta la presente fecha, han transcurrido un total de tres ,(03), años, once, (11), meses y veinte, (20), días, tiempo este que supera , el lapso de prescripción de tres, (03), años previsto en el artículo 108 ordinal 5° del código penal, aplicado de manera ultractiva a tenor de lo previsto en el primer aparte del artículo 553 del código orgánico procesal penal, evidenciandose que ha operado la extinción de la acción penal por prescripción de la misma de conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 8° del código orgánico procesal penal. Razón por la cual, Este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del código orgánico procesal penal decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida contra Eugenio Jesús Cayama Guevara Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de idéntidad N° 5.488.991 y residenciado en la calle El Silencio, casa N° 37, Puerto La Cruz, Estado Anzoategui. Notifiquese.
El Juez Primero de Control
Abg. Luis Mariano Marsella.
El Secretario.
Abg. Josanders Mejías.
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado en el presente auto
El Secretario.
Abg. Josanders Mejías.
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