CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 29 de Marzo de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-P-1999-000047
ASUNTO: RJ11-P-1999-000047
Vista la Presente causa seguida al ciudadano Adolfo José Ortega Arrieta, Venezolano, mayor de edad, soltero, Titular de la cédula de identidad N° 3.699.017 y domiciliado en la calle Victoria, casa N°64, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo previsto en el artículo 411 del código penal, en perjuicio del ciudadano Esteban Jimenez, Se observa: Que por decisión de fecha 15 de Diciembre del año de 1.999,( Folios 34 y 35), este Tribunal Primero de Control, entonces a cargo de la Dra. Carmen Marcela Chang, Decretó de conformidad, con el , entonces vigente, artículo 34 único aparte del código orgánico procesal penal, la extinción de la acción penal por cumplimiento del acuerdo reparatorio, y por cuanto en dicha oportunidad no se dictó el correspondiente sobreseimiento de la causa; Este Tribunal se avoca a hacerlo en los términos siguientes:
El hecho de haberse cumplido satisfactoriamente el acuerdo reparatorio celebrado o convenido entre las partes, constituye, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 6° de código orgánico procesal penal vigente, una causa de extinción de la acción penal y por ende, conforme a lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del mismo cuerpo adjetivo penal, una causal de sobreseimiento de la causa, Razón por la cual, Este Tribunal segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 322 del código orgánico procesal penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano Adolfo José Ortega Arrieta, Venezolano, mayor de edad, soltero, Titular de la cédula de identidad N° 3.699.017 y domiciliado en la calle Victoria, casa N°64, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Regístrese y Notifíquese a las partes.
El Juez Primero de Control.
Abg. Luis Mariano Marsella
El secretario
Abg. Josanders Mejías
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