CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL.
Carúpano, 21 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-000085
ASUNTO: RP11-P-2005-000085


Visto el escrito presentado por la defensora Pública penal Abg. Sandra Kassis, mediante el cual solicita que, de conformidad con lo previsto en el antepenultimo aparte del artículo 250 del código orgánico procesal penal se conceda a su defendido ciudadano Argenis José González quien se encuentra privado de Libertad por orden de este Tribunal, medida cautelar sustitutiva de Libertad en base al ordinal 3° del artículo 256 ejusdem, toda vez transcurrió el lapso de prorroga otorgado por el tribunal a la Fiscalía del Ministerio Público en Materia de Drogas sin que se hubiere presentado el correspondiente acto conclusivo; Este Tribunal pasa a dictar su decisión en los términos siguientes:
De la revisión de la presente causa se observa que por auto de fecha 05-02-05, este Tribunal decretó la privación judicial preventiva de libertad del ciudadano Argenis José González, posteriormente en fecha 01-03-05, a solicitud del Ministerio Público se concedió prorroga para presentar acto conclusivo por un lapso de quince, (15), días continuos que empezarían a correr desde el 05-03-05, por lo tanto dicho lapso vención el día 20-03-05. Ahora bién de la revisión del sistema juris 2.000, así como del cotejo con el fisico del asunto, se evidencia que en fecha 18-03-05, fué recibido en la unidad de Alguacilazgo de esta sede por el Alguacil Ramón Flores,(Según se evidencia de sello Humedo), escrito presentado por el Fiscal del ministerio Público en Materia de Drogas Abg. Wilfredo Dania, mediante el cual acusa al ciudadano Argenis González por la comisión del delito de Ocultamiento Ilicito de sustancias estupefaciéntes previsto en el artículo 34 de la ley orgánica sobre sustancias estupefaciéntes y psicotrópicas, lo que evidencia que el referido Fiscal presentó su acusación dentro del lapso de prorroga concedido por el tribunal, razón por la cual se Niega la revisión de medida hecha por la defensa. Finalmente, como quiera que se recibió la mencionada acusación este Tribunal acuerda fijar el acto de la audiencia preliminar respectiva para el día 21 de Abril del presente año a las 10:00 Am en la sala de audiencias N°4. Notifiquese a las partes, solicitese el traslado del imputado desde la comandancia de policia de esta ciudad y oficiese a la Fiscalía del Ministerio Público solicitando la remisión de las actuaciones que le fueron devueltas por Este Tribunal mediante oficio 2.012-05 de fecha 16-03-05.Cumplase.
El Juez Primero de control.

Abg. Luis Mariano Marsella.
El Secretario.

Abg. Josanders Mejías.
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado en el presente auto.
EL Secretario.

Abg. Josanders Mejías.