REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA
ASUNTO : RP01-D-2004-000068
Visto el escrito, presentado por la Dra. Alina García, en su carácter de defensora privada del adolescente xxxx, mediante el cual solicita el diferimiento del juicio oral y reservado pautado para el día 11-03-2005 a las 10:00 de la mañana, motivado a que ese mismo día tiene pautada la celebracion de una audiencia preliminar con detenido en el Tribunal Cuarto de Control – Ordinario, identificado con la nomenclatura RP01-P-04-269, este despacho, antes de decidir observa y destaca los artículos 7 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; relativo a la Prioridad Absoluta e Interes Superior del Niño, desprendiéndose de los mismos que; cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de los niños y adolescentes, frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos prevalecerán los primeros, es por ello que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud del diferimiento y acuerda fijar el día 13-04-2005 a las 10:00 de la mañana. Notifiquese a la parte. Líbrese las boletas y oficios correspondientes. Cúmplase.
Juez de Juicio,
Arelis González Rondón
La Secretaria,
Abg. Rosa Maria Marcano.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Rosa Maria Marcano.