REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Visto el petitorio de la Dra. Omaira Centeno, donde solicita sea declarada extinta la pena por cumplimiento de la misma, para su defendido, ciudadano Nelson Luis Figueroa Rodríguez. Este Tribunal observa que efectivamente consta el auto de redención de pena de fecha 29 de octubre del 2004, que la pena finalizaría en fecha 19 de noviembre del 2004; ahora bien, dicho penado se le otorgó Confinamiento para la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; en consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución acuerda oficiar a la Prefectura del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, para que sirvan informar a este despacho sobre el cumplimiento del confinamiento otorgado al penado Nelson Luis Figueroa Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.642.179, condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, DIECISÉIS (16) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma Blanca; una vez obtenida la información este Tribunal proveerá sobre lo solicitado por la defensa. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Líbrese oficio y notifíquese a la solicitante. Cúmplase.
El Juez
El Secretario
Douglas José Rumbos Ruiz
Jesús Milano Savoca