REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Visto el petitorio del penado Freddy Guerrero, donde solicita que sea trasladado hasta el Internado Judicial de Santa Ana del estado Táchira y en consecuencia sea exhortado a un juez del Estado Táchira, lugar donde dicho penado tiene sus familiares y ser además el último lugar de residencia. Ahora bien, por cuanto petitorio es procedente, y entendiendo este juzgador que el apoyo familiar incide favorablemente en la reinserción del penado a la sociedad y que la vigilancia del cumplimiento de la pena por un juez cercano al penado podría garantizar de mejor manera los derechos fundamentales del penado, los cuales no llega a perder por el hecho de ser condenado penalmente. Es por todo lo antes considerado que este Juzgado Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ACUERDA Oficiar al Director del Internado Judicial de Cumaná, para que realice las diligencias pertinentes ante el Ministerio del Interior y Justicia para efectuar el traslado del ciudadano Freddy Guerrero León, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.422.338, hasta el Internado Judicial de Santa Ana en el Estado Táchira y una vez realizado dicho traslado por auto separado se proveerá lo relativo al exhorto. Todo de conformidad a lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, notifíquese a las partes y ofíciese a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná. Cúmplase.-
El Juez
El Secretario
Douglas José Rumbos Ruiz
Jesús Milano Savoca