REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

Visto El oficio 03735 emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub delegación Estadal Cumaná, Estado Sucre, donde se le participa a este Juzgado de la aprehensión del ciudadano NESTOS RAFAEL BARRIOS AMUNDARAIN titular de la Cédula de identidad N° 15.604.028, este tribunal observa: Este Juzgado en fecha 13 de abril de 2004 revoco la medida cautelar sustitutiva y en su lugar ordenó la aprehensión del acusado antes mencionado como consecuencia de las reiteradas incomparecencia del acusado Néstor Rafael Barrios Amundarain al acto de constitución del Tribunal Mixto. ES por lo que este Juzgado Tercero de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley acuerda fijar como fecha para la constitución del tribunal mixto el 07-04-2005 a las 08:30 am., Así mismo se acuerda Librar Oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Estadal Cumana, a Cargo del Sub-Comisario Miguel Ángel Navas a los fines de dejar sin efecto la orden de aprehensión del acusado Néstor Rafael Barrios Amundarain ya que el mismo se encuentra detenido en la Comandancia General de la Policía del Estado Sucre a la orden de este Juzgado. Se ordena el traslado del acusado a este Circuito Judicial Penal el día 05-04-2005 a lo fines de imponerlo de las Causas por la que le fue revocada la medida cautelar sustitutiva. Líbrese oficio al C.I.P.C. Librese Boleta de Traslado a la Comandancia de Policía. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ TERCERO DE JUICIO

Abg. SAMER ROMHAIN la secretaria

Abg. FABIOLA BAUZA