REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

Vista la solicitud presentada por ante este Juzgado por el Abogado en ejercicio Alberto Joé González Marín, actuando en su carácter de defensor privado del acusado MARCOS NOUVO BRACHO, titular de la cédula de identidad N° 10.180.023, acusado por el delito de Aprovechamiento de vehículos provenientes de robo y desvalijamiento de vehículos en la causa signada con el N° RP01-2004-000224, que cursa por ante este Juzgado penal, donde solicita: Se sirva usted oficiar a la medicatura forense de esta este Ciudad de Cumana a fin de procurar las resultas del informe médico forense de exámenes realizados a mi patrocinado…

Este Juzgador observa: De la revisión realizada a las actas que conforman el presente expediente se desprende de las mismas que en fecha 17 de Marzo de 2005 ingreso a este expediente oficio N° 162-708, emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, donde informa de los resultados del examen Médico Gastroenterológico practicado al acusado MARCOS NOUVO BRACHO, arrojando el diagnostico de Gastritis crónica Activa. Por lo tanto este sentenciador visto el oficio recibido por este despacho en fecha 17-03-2005, y visto que la solicitud presentada por el abogado ya mencionado es de fecha 21-03-2005, presume que dicho defensor no había revisado el expediente antes de realizar tal solicitud.
EL JUEZ TERCRO DE JUICIO

Abg. SAMER ROMHAIN.
LA SECRETARIA
ABG. FABIOLA BAUZA