REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-001094
ASUNTO : RP01-P-2005-001094
Vista la solicitud de Protección a las victimas LUIS MARTIN RIVERO y LISETT DEL CARMEN RODRIGUEZ RIVERO, quien son victimas en una causa Penal en fase preparatoria que sigue la Fiscalia Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Signada con el N° 19-F1- 176-05, seguida a los Imputados ELVIS ANDRADES y EDIXON ANDRADES, presentada por ante este Despacho por el Fiscal Superior del Ministerio Público Dr. LUIS ANTONIO GARRETA, señalando que la victima ha sido objeto de amenazas y hostigamiento por parte de los imputados ELVIS ANDRADES y EDIXON ANDRADES y considerando este Tribunal que existe un inminente peligro para las victima, que es derecho de la víctima solicitar protección y que es obligación del Estado Venezolano proteger a las víctimas de hechos punibles, es por lo que este Tribunal Primero de Control Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda Medida de Protección consistente en RECORRIDOS POLICIALES ASI COMO VISITAS DOMICILIARIAS de lunes a domingos, por el domicilio de la victima, ubicado en Las Riveras del Manzanares, Sector el realengo Casa N°. 89, Municipio Sucre del Estado Sucre, la misma tendrá una duración de treinta días y el cual podrá prorrogado en caso necesidad y a solicitud del Ministerio Público; en tal sentido se oficia al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA REGIONAL DEL ESTADO SUCRE, a fin de solicitarle la designación de los funcionarios Adscritos al Destacamento Policial N° 11 con sede en la Urbanización Brasil de esta Ciudad, que deban cumplir con el mandato de protección a la victima. Igualmente se Oficia al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión, así como remitir las presentes actuaciones al Fiscal Superior. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL
DRA. ANADELI LEON DE ESPARRAGOZA
LA SECRETARIA
Abg. YESSIBEL BELLO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. YESSIBEL BELLO